Monday, May 01, 2006

RENTA BÁSICA: el derecho a existir(2)
"Todo individuo sólo puede obrar como agente libre y responsable si se suprime uno de los principales
motivos de la actual falta de libertad: la amenaza económica del hambre, que obliga a las gentes a
aceptar condiciones de trabajo que de otro modo no aceptaría" [Erich FROMM]


Durante la década de los 80 del siglo XX el Estado de Bienestar, ya en retirada por el asalto neoliberal, puso en marcha un intento de paliar el paro de masas mediante una redistribución de la renta. En la mayoría de los países del ámbito del Occidente capitalista implementaron lo que se ha venido a denominar la Renta Mínima de Inserción (RMI).
La RMI, sin embargo, no supera la "trampa del paro" ya que culpabiliza al trabajor obligándole a desempeñar un trabajo. Pero al mismo tiempo dicha renta no permite una libertad real. Y todo esto por el hecho de que no es una renta individual, sino familiar; pudiéndose dar el caso de que en una misma familia puedan existir varias personas en el umbral de la pobreza. Tampoco dicha renta tiene en cuenta otra serie de realidades: como son las enfermedades, la posibilidad de reinserción de ex- toxicómanos, ni tiene en cuenta la realidad de género [fundamentalmente la situación de las mujeres maltratadas].
El capitalismo (y su nueva ideología hegemónica: el neoliberalismo] no necesita "vagos", necesita mano de obra barata. Ha conseguido internacionalizar la "fuerza de trabajo" y, al mismo tiempo, ha constituido un "ejército de reserva mundial". Con estas armas la nueva ideología se ha introducido en las direcciones sindicales y en los partidos de "izquierda", consiguiendo una "desregulación" del mercado de trabajo. Este nuevo capitalismo nos devuelve a la Inglaterra victoriana donde el trabajador carecía de derechos, donde la edad de trabajo comenzaba con la niñez.

Frente a esta realidad comenzó a defenirse una nueva alternativa: la posibilidad de una Renta Básica para todo ciudadano. Al principio Van Parijs la concibe como una alternativa al capitalismo, para más tarde fundamentar un "modelo débil" de la misma, que él denomina liberalismo solidario. Van Parijs parte de las tesis desarrolladas por Rawls en su Teoría de la Justicia y, en particular de su Principio de Diferencia. Van Parijs intenta reformar el Estado de Bienestar, profundizando en los derechos y libertades. Lo que busca es un EB para el tercer milenio. Desde esta perspectiva "se trata, en otros términos de maximizar (sosteniblemente) el nivel de asignación universal y bajo la obligación de una exigencia de solidaridad (entendida como diversidad no dominada) que imponga que todos puedan subsistir (gracias a transferencias multiplemente condicionadas) y que las personas disminuidas se beneficien de trasferencias específicas (más allá de su asignación universal)".
Será precisamente en su libro Libertad real para todos donde Van Parijs especifique mejor en qué consiste dicho Ingrso Básico: "Un ingreso básico es, entre otras palabras, un ingreso pagado por el gobierno a cada miembro de la sociedad a) incluso si no quiere trabajar, b) sin tener en cuenta si es rico o pobre, c) sin importar con quien vive, y, d) con independencia de la parte del país en la que viva".
Un Ingreso Básico para toda persona por el mero hecho de ser ciudadano. Esta simpleza supone un "colchón" para todo ciudadano. Un colchón que no necesita ningún tipo de contraprestación. El problema residirá en delimitar donde reside el límite de dicho colchón. Para muchos estaría en el "umbral de la pobreza". Pero al mismo tiempo dicho Ingreso supondría algo más para determinados colectivos. Qué las mujeres maltratadas pudieran decidir su futuro, que los enfermos mentales tuvieran dignidad, que los ex-toxicámanos tuvieran un apoyo. En última instancia como nos dice Van Parijs sería afianzar una libertad real de las personas humanas.

Esta postura ha podido llevarse a término (al menos en los programas de los partidos políticos). Ahora bien la práctica es bien distinta. El último ejemplo lo encontramos en el desarrollo del Estatuto de la Comunidad Valenciana donde en el Apartado de los Derechos en su Artículo 15 se nos dice lo siguiente: "A la fi de combatre la probresa i facilitar la inserció social, la Generalitat garantix el dret dels ciutadasns valencians en estat de necessitat a la solidaritat i a una renda de ciutadania en els termes previstos en la Llei".
Lo primero con lo que nos encontramos es que se confunde la terminología. ¿Es renta de ciudadanía o sólo para las personas que se encuentran en una extrema necesidad? Es papel es demasiado sufrido y las palabra grandilocuentes escritas en el papel de oro del Estatuto también. Pero la realidad social nos vuelve a poner en el suelo. Así en El País , al poco de aprobarse el Estatuto, el lider de la oposición J.I Pla ya no habla de Renta Básica sino de Renta Mínima Garantizada [RMG]. Pla habla de la RMG como "equivalente al 80% del Salario Mínimo Interprofesional, unos 514€ mensuales". Por otra parte ya no se habla de una renta individual, sino que se refiere a las unidades familiares que se encuentra en la pobreza y que puede sufrir la exclusión social.
El Estatuto de la Comunidad Valencia lo que hace realmente es introducir una especie de Impuesto Negativo que permitirá permeabilizar algunas situaciones fraglantes que rozan la exclusión social. Es una vuelta a la RMI, pero se encuentra muy lejos de lo que pudiera ser la Renta Básica, incluso en su versión débil que es la que representa el liberalismo solidario deVan Parijs.

Javier Mendez-Vigo